Semipiso de 3 ambientes en duplex, excelente ubicacion en el barrio de Almagro
Planta Alta:
• Habitación principal en suite:
• Dimensiones: 3 x 3,10 m.
• Cuenta con placard y salida a un amplio balcón con vista abierta.
• Baño completo:
• Dimensiones: 2,2 x 1,50 m.
• Habitación secundaria:
• Dimensiones: 2,6 x 2,8 m.
• Con placard y salida a un balcón amplio.
• Espacio de escritorio.
• Balcón superior:
• Dimensiones: 5,3 x 1,70 m.
• Baños totales en la planta alta:
• 2 baños (uno en suite y otro completo).
Planta Baja:
• Baño de recepción:
• Dimensiones: 1,8 x 1,33 m.
• Living-comedor:
• Dimensiones: 8,2 x 4,34 m.
• Amplio y luminoso, con salida a un balcón aterrazado.
• Balcón aterrazado
• Dimensiones: 8,4 x 2,3 m.
• Cocina independiente:
• Dimensiones: 3 x 2,7 m.
• Muy luminosa.
• Habitación de servicio:
• Dimensiones: 2,25 x 3,6 m.
• Lavadero independiente.
• Patio/terraza con parrilla
• Dimensiones: 3,9 x 1 m + 3,2 x 1,50 m.
EXPENSAS: $ 316.000
Edificio:
• 2 ascensores.
• Encargado con vivienda en el edificio.
• Cámaras de seguridad en planta baja.
• Acceso adaptado para personas con movilidad reducida.
Transportes Cercanos
Colectivos: 19, 24, 26, 36, 71, 90, 92, 99, 105, 109, 124, 127, 146, 160, 168
Subtes (Metro): ANGEL GALLARDO (Línea B)
Datos útiles
Barrio: Almagro
Comuna: Comuna 5
Área Hospitalaria: HTAL. DR. C.G. DURAND
Comisaría Comunal: 5
Comisaría Vecinal: 5A
Distrito Escolar: Distrito Escolar II
Código Postal: 1425
**Corredor Inmobiliario Responsable Adrian Ridelnik CUCICBA Mat 197. y Mauro Ridelnik CUCICBA Mat 6933 y CMCPSI 7060**
*Se deja constancia que las medidas y superficies indicados son aproximados y al sólo efecto orientativo. Las medidas reales surgirán del título de propiedad respectivo. Las medidas parciales y/o de los ambientes y el valor consignado de expensas mensuales, servicios y ABL está sujeto a verificación y/o ajuste. Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A "Para los casos de alquiler de vivienda única, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias cuando el destino sea vivienda única y permanente ".-